El precio depende de que curso debas realizar , la fecha y los precios los puedes consultar vía Whastapp al Nº 3875826238 o a los teléfonos (0387) 4320848 – 4225339 . indicando tu Nº de Dni para obtener información de cuál es el estado en que te encuentras.
Débes realizar la denuncia correspondiente en la dependencia más cercana y solicitar al con carácter de urgente un duplicado en el organismo correspondiente.
El examen psicofísico en salta lo realizas en Caseros 1350 (4400) – Tel. (0387) 4219259
Horario de Evaluaciones Psicofísicas: 7 a 10. Para consultar otras dependencias puedes ingresar a http://www.psicofisicos.com.ar/
Los turnos los puedes solicitar vía Whastapp al Nº 3875826238 o a los teléfonos (0387) 4320848 – 4225339 o desde nuestra página web
Cargas Peligrosas :
Ser mayor de 21 años, sin excepción.
Saber leer y escribir en idioma nacional.
Tener Apto Psicofísico vigente para la categoría Mercancías Peligrosas.
Realizar el Curso Básico (por primera vez) o el Curso Complementario (renovación).
Es facultad de éste organismo, realizar tal control así que si puede.
Véa también «controles-y-requisitos«
Se entiende por cubiertas con fallas, las que presentan deterioros visibles tales como cortaduras que lleguen al casco, desprendimientos o separaciones del caucho o desgastes de la banda de rodamiento que deje expuesta la tela.
Se prohíbe la utilización de neumáticos reconstruidos en los ejes delanteros de camiones.
Vehículos automotores de Carga General: 20 años, pudiendo continuar en servicio de acuerdo a lo establecido en el Decreto 123/09 y Resolución 236/09.
Vehículos automotores de Mercancías y Residuos Peligrosas: 10 años, pudiendo continuar en servicio de acuerdo a lo establecido en el Decreto 123/09 y Resoulción 236/09.
Vehículos remolcados, cualquiera sea su carga, podrán continuar en servicio cumpliendo RTO, con una frecuencia de 6 meses (Decreto 306/10).
Todos los vehículos que realicen transporte de carga y pasajeros en el ámbito interjurisdiccional (la Argentina está dividida en 24 jurisdicciones entre las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) así como los que circulan en el ámbito local, y su jurisdicción haya efectuado un convenio con la CENT. Además, todos los vehículos de uso particular cuyas jurisdicciones (Provinciales o Municipales) hayan efectuado un convenio con la CENT.
Para los vehículos que realizan transporte de Cargas Generales y Peligrosas es de 12 meses desde el patentamiento original. En el caso de Transporte de Pasajeros, no hay período de gracia, deben realizar la RTO desde su patentamiento. Para los Vehículos de Uso Particular es de 3 años desde fecha de patentamiento original.
Cargas Generales: 1 año de vigencia hasta los 20 años de antigüedad y 6 meses para más de 20 años sin límite de antigüedad.
Cargas Peligrosas: Vigencia: Vehículos Motrices: 1 año hasta los 10 años de antigüedad y cada 4 meses durante los siguientes 3 años ( por prórroga vigente ); luego de esto no pueden circular. Remolques 1 año hasta 10 años de antigüedad, luego siguen circulando sin límite de modelo y verifican cada 6 meses.
Trasporte de Pasajeros: 6 meses hasta los 10 años y 4 meses (según prórroga vigente) para más de 10 años hasta 13 años de antigüedad.
Vehículos de Uso Particular: Vigencia: 2 años desde los 3 hasta los 7 años de antigüedad y 1 año para más de 7 años sin límite de antigüedad.
La documentación a presentar es la Cédula de Identificación de la unidad. Podrá exigirse si existen modificaciones del vehículo original, el certificado de modificación, si corresponde.
Para los vehículos de Cargas, se exigirá certificado de agregado de tanques adicionales y/o certificación de la cisterna si corresponde.
Para los vehículos de pasajeros, alta de la CNRT, Certificado de Fabricación de la Carrocería y certificación LCM (Licencia de Configuración de Modelos) si corresponde.
Disponer de Bandas Retrorreflectivas y Círculo de Velocidad Máxima para todos los vehículos de transporte de Cargas y Pasajeros.
Los vehículos de cargas peligrosas deben estar identificados con Paneles de Seguridad y Rombos.
Los vehículos motrices de cargas peligrosas que pertenezcan a las categorías (N2 y N3) deben disponer de tacógrafo.
Los vehículos de pasajeros categorías (M2 y M3) que realizan servicios de media y larga distancia deben poseer tacógrafo. Los servicios urbanos deben poseer limitador de velocidad.
6- ¿Cómo puedo pagar el trámite? ¿Aceptan tarjetas (cuáles)? ¿Puedo pagar con cheque?
Las plantas tienen distintas formas de cobro, para estar seguro consulte por teléfono al taller al que va a concurrir.
La ley 24449, en su artículo 34, reglamentado por el decreto 779/95 y Resolución de la Secretaría de Transporte Nº 417/92.
Los vidrios polarizados están prohibidos por Ley, son un motivo de rechazo al verificar. También lo son los vidrios espejados.
Es importante tener en cuenta que aprobar la verificación no lo exime de ser multado en la vía pública.
El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando la documentación requerida del vehículo y documento personal.
Sí. Le corresponde una multa además de la retención del vehículo.
Si al verificar, el vehículo presenta algún defecto que implique un condicional se le dará un plazo de 30 o 60 días corridos para solucionar el problema, tiempo en el que no puede prestar servicio.
No. Pero se expone a ser multado por falta de RTO. El período de vigencia cuenta a partir de cuando se realiza la verificación.
Si. Cualquiera de los talleres se encuentra habilitado para realizar la RTO para vehículos de carga y pasajeros. En caso de Vehículos de Uso Particular sólo se podrán realizar los de Jurisdicciones no implementada o por convenio.
Los talleres tienen distintos horarios. Consulte los mismos aquí o por teléfono a cada taller.
No. Está comprobado que los procedimientos efectuados para verificar los vehículos no afectan en absoluto al mismo.
No es necesario, la obligatoriedad de la R.T.O. es para circular en la vía pública.
Se debe realizar una nueva Revisión Técnica
No, el taller se encuentra inhabilitado para realizar reparaciones en un vehículo sometido a verificación.
Según la nueva instrucción de la CNRT. Puedes visualizar e imprimir desde su página web. Todos los aptos y cursos realizados. Debes ingresar tu DNI y completar el captcha ingresa a https://psicofisicoweb.cnrt.gob.ar
Luego de haber aprobado el curso número 11 y mientras el Psicofisico le Siga dando Apto, se podrá realizar el curso cada 2 años.
Casos de Retención
Tratándose de una infracción de tránsito, las autoridades locales pueden aplicar dentro del procedimiento la retención preventiva y la autoridad que retiene debe informar inmediatamente al juzgado local.
Si el procedimiento es realizado por una autoridad de fiscalización de transporte. – CNRT, GNA, PNA, PSA Y SSTA- ante una infracción puede paralizarce el servicio o retener la unidad
Las autoridades policiales pueden preventivamente intervenir ante la comisión de un delito o la presunción de que se esté llevando a cabo.
La retención conforme a la Ley precede en los siguientes casos:
La licencia de conducir cuando esté:
Si tienes una pregunta completa formulario y actualizaremos ésta página con tu consulta (es completamente anómimo)
La multa puede ascender hasta $ 40.000 dependiendo del valor actual de las unidades
La licencia nacional habilitante la imprimes directamente desde la página web oficial del la CRNT https://www.argentina.gob.ar/transporte/cnrt
El certificado ya no es necesario retirarla, puesto que en la licencia digital que se imprime ya se encuentra validada como comprobante del curso realizado.