Aclaración
Esta información está basada en Ley Nacional de Tránsito 24449, pero no incluye la totalidad de la misma, solo aquellos puntos que consideramos como los básicos a recordar.
El objetivo es renovar la conciencia responsable de los conductores refrescando las principales normas de tránsito y de seguridad.
De ninguna manera reemplaza los cursos y exámenes obligatorios para la obtención de la licencia de conducir ni suplanta la Ley Nacional de Tránsito 24449 a la cual esta adherida la Provincia de Salta.
Prioridades de paso
Intersecciones
- La prioridad de paso se verifica siempre ateniéndose a la señalización que la regule.
- En defecto de señal que regule la prioridad de paso, el conductor está obligado a cederle el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha:
Importante: Al girar, el vehículo pierde la prioridad de paso, por más que venga de la derecha.
Rotondas
En las rotondas, los que se hallen dentro de la vía circular tienen prioridad de paso sobre los que pretenden acceder a aquéllas y los que salen de la misma sobre los que siguen dentro de ella.
Excepciones
- Los vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión
- Tienen derecho de prioridad de paso los vehículos que circulen por una vía pavimentada frente a los procedentes de otra sin pavimentar.
- Los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal; debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón.
- Cualquier circunstancia, se pierde la prioridad cuando:
1. Se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada.
2. Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel.
3. Se halla detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía.
4. Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.
Si se dan juntas varias excepciones, la prioridad es según el orden de este artículo.
Para cualquier otra maniobra, goza de prioridad quién conserva su derecha.
Cuestas: En las cuestas estrechas debe retroceder el que desciende, salvo que éste lleve acoplado y el que asciende no.
Sobrepasos/Adelantamientos
El adelantamiento a otro vehículo debe hacerse por la izquierda conforme las siguientes reglas:
- Respeta las señales. No sobrepases si no está permitido.
(no adelantar con linea continua sobre el asfalto)
- Verificar atrás y a tu izquierda. Que ningún vehículo te esté sobrepasando.
- ¿Hay visibilidad suficiente? Cuidado, no todos los conductores cumplen la norma de utilizar la luz baja.
- Prever el camino adelante: Curvas, puentes, cima, encrucijada o lugar peligroso. No sobrepases en estas condiciones.
- Advertir al resto tu maniobra. Advertí con destellos de las luces frontales o la bocina en zona rural. En todos los casos, usa el indicador de giro izquierdo hasta concluir tu desplazamiento lateral.
- Efectuar rápidamente el sobrepaso y retomar tu lugar a la derecha. Utilizar la luz de giro derecha para indicar la maniobra.
- Si te están sobrepasando, tomá las medidas necesarias para posibilitarlo: circular por la derecha de la calzada y eventualmente reducir su velocidad.
- Los camiones y maquinaria especial facilitarán el adelantamiento en caminos angostos corriéndose a la banquina periódicamente.
- Es obligatoria que entre camiones consecutivos haya una distancia libre de 100 metros para facilitar sobrepasos
Prioridades en el adelantamiento
Está prohibido adelantar:
- En donde exista señal vial (doble linea amarilla en el asfalto, carteles verticales), conos u otros dispositivos que expresamente lo prohíban.
- Curvas, puentes, pendientes y otros cambios que reduzcan la visibilidad.
- En los pasos para peatones señalizados o no, y en los pasos a nivel y en sus proximidades.
- En las intersecciones y en sus proximidades, salvo cuando:
- Se trate de una rotonda de circulación giratoria.
- El adelantamiento deba efectuarse por la derecha.
- La calzada en que se realice goce de prioridad en la intersección y haya señal expresa que lo indique.
Límites de Velocidad
En zonas urbanas (Ciudades y pueblos)
—-En calles |
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—En avenidas |
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La mayoría de los siniestros contra peatones a una velocidad menor a 40 km por hora no son mortales. Por eso, respeta esta velocidad en las calles
En zonas rurales (rutas convencionales)
Motocicletas, automóviles y camionetas
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Ómnibus y casas rodantes motorizadas
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Camiones y automotores con casa rodante acoplada
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Transporte de sustancias peligrosas
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En autopistas y autovías
Motocicletas, automóviles y camionetas
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Ómnibus y casas rodantes motorizadas
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Camiones y automotores con casa rodante acoplada
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Transporte de sustancias peligrosas
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Límites máximos especiales
Límites mínimos de seguridad
Cartel indicador de velocidad mínima
En zona urbana y autopistas: la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía.
En caminos y semiautopista: 40 Km./h salvo los vehículos que deban portar permisos, y las maquinarias especiales;
Otros límites de velocidad
Señalizados: los que establezca la autoridad del tránsito en los sectores del camino en los que así lo aconseje la seguridad y fluidez de la circulación;
Uso de las luces
En la vía pública los vehículos deben encender sus luces observando las siguientes reglas:
- Luz baja: Su uso es obligatorio, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferroviarios.
- Luz alta: Su uso es obligatorio sólo en zona rural y autopistas, debiendo cambiar por luz bajo en el momento previo al cruce con otro vehículo que circule en sentido contrario, al aproximarse a otro vehículo que lo precede y durante la noche si hubiere niebla.
- Luces de posición: Deben permanecer encendidas junto con la alta o baja, la de la chapa – patente y las adicionales exigidas por la ley (ejemplo laterales de camiones) en su caso.
- Destellos o luces de Giro: Deben usarse en los cruces de vías y para advertir los sobrepasos.
- Luces intermitentes de emergencia: Deben usarse para indicar la detención en zona peligrosa o la ejecución de maniobras riesgosas.
- Luces rompe nieblas y de retroceso: deben usarse sólo para sus fines propios.
- Las luces de freno, giro, retroceso e intermitentes de emergencia se encienden a sus fines propios, aunque la luz natural sea suficiente.
Señalización
SEÑALES VERTICALES
El Sistema de Señalización Vial Uniforme basa su comunicación en una escala de interpretación que sigue el siguiente orden:
- FORMA
- COLOR
- MENSAJE
El rombo de color amarillo con símbolo y borde negra: prevención o advertencia.
El círculo de fondo blanco, símbolo negro y borde rojo con o sin barra transversal roja: prohíbe o restringe.
- El círculo de fondo azul, orla y símbolo blanco: obliga
- En los carteles de orientación, los rectángulos y pentágonos de fondo blanco están referidos a rutas convencionales, los de fondo verde a vías rápidas y los de fondo azul a los de autovías y autopistas.
POR SU MENSAJE
Están integrados por símbolos, pictogramas y leyendas.
Los símbolos son para señales de Prevención y Reglamentación
Los pictogramas y leyendas son para señales de Información y orientación
Las tres últimas señales tienen formas singulares porque reglamentan prioridad y, por lo tanto, representan las señales más importantes del Sistema Vial Uniforme.
El triángulo y el octágono establecen la NO PRIORIDAD de manera absoluta, mientras que el rombo establece la PRIORIDAD de la calzada por la que se circula
– SEÑALES HORIZONTALES
Estas señales, también denominadas marcas viales o demarcación horizontal, son todas las líneas, palabras o signos adherido o aplicados sobre el pavimento.
Las principales señales horizontales pueden ser:
1- LÍNEAS LONGITUDINALES AMARILLAS CONTINUAS DOBLES
Ante su presencia NO deben sobrepasar para adelantarse a otro vehículo ni circular sobre ellas.
2- LÍNEAS LONGITUDINALES DISCONTINUAS.
De color blanco ordenan la circulación en carriles.
Las pueden transponer para adelantar a otro vehículo o para seleccionar el carril de giro.
3- LÍNEAS LONGITUDINALES CONTINUAS
Está prohibido transponerlas. Debes transitar dentro de la franja que delimitan.
4- LÍNEAS MIXTAS
Quien circula del lado de la línea discontinua puede transponerla, pero no debe hacerlo quien encuentre primero la línea continua.
Paradas y estacionamiento
Está prohibido parar y estacionar:
- En todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o se oculte la señalización.
- En las curvas y lugares de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles.
- En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
- En carriles o partes de la vía, reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios (sendas e peatones, ciclistas, etc.) y en los 10 metros anteriores o posteriores a las paradas de transporte de pasajeros.
- En las intersecciones y en sus proximidades.
- Frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez metros a cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento.
- En los lugares donde se impide la visibilidad de las señales a los usuarios, a quienes estas afecten u obliguen a hacer maniobras.
- En autovías o autopistas, salvo en las zonas habilitadas al efecto.
- Está prohibido estacionar en doble fila.
Vehículos en servicio de Urgencia
Son vehículos en servicios de urgencias los de seguridad, bomberos y ambulancias.
Éstos, ya sean públicos o privados, tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía, cuando se hallen en cumplimiento estricto de su misión y en casos de emergencia.
Sólo en tal caso, podrán, excepcionalmente, no respetar las normas referentes a la circulación, velocidad y estacionamiento, si ello les fuera imprescindible y siempre que con ello no causen un mal mayor que aquel que intenten resolver
Para que sean considerados en servicio deberán tener sus dispositivos luminosos y acústicos encendidos.
Los demás usuarios de la vía tienen la obligación de tomar todas las medidas a su alcance para facilitar el avance de esos vehículos en tales circunstancias.
Motocicletas:
Recordá siempre:
- Llevar puesto un casco protector homologado o certificado, ajustado convenientemente a la cabeza, siendo responsable, además, de que tu eventual acompañante cumpla también con dicha obligación.
- Utilizar gafas o antiparras, estas últimas independientes o como parte del casco de protección, si el vehículo no cuenta con parabrisas.
- Los espejos retrovisores en ambos lados son obligatorios. También los Guardabarros para ruedas.
- No llevar más de un acompañante y siempre que el vehículo cuente con doble asiento. El acompañante debe sentarse en la misma posición que el conductor atrás de éste y no impedir ni limitar sus movimientos.
Circulación de las motocicletas
La circulación de motocicletas debe ajustarse a las siguientes pautas:
- Transitar por el centro de su carril, sin compartirlo.
- No transitar entre filas contiguas de vehículos.
- Circular siempre por el carril de la derecha, ajustando el comportamiento en adelantamientos y sobrepasos a lo establecido en general a todos los vehículos.
- No circular en zigzag.
- Deben circular en todo momento con las luces bajas encendidas.
- Circular con todas sus ruedas en contacto con la calzada y con ambas manos sobre el manubrio.
- No deben circular por aceras ni por áreas reservadas exclusivamente a peatones.
Fuente: http://seguridad.salta.gov.ar/
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